La Creación de la Sociedad por Acciones Simplificada: Análisis constitucional de este nuevo régimen en materia de Sociedades Mercantiles

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Álvaro Ramírez Martínez

Resumen

El pasado 14 de marzo de 2016, Enrique Peña Nieto, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por medio del cual el Congreso de la Unión reformó la Ley General de Sociedades Mercantiles para crear una nueva modalidad de persona jurídica que se denomina Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). El Estado mexicano aspira a cumplir a través de este reciente estatuto con algunos estándares internacionales sugeridos por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). En esta novedosa sociedad mercantil se introduce entre otras cosas, la utilización de la firma electrónica avanzada como requisito indispensable para su constitución lo que significa un avance en la utilización de tecnología informática para abatir trámites burocráticos. Otra innovación interesante en este nuevo régimen societario lo constituye la privilegiación de los mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en el Código de Comercio para sustanciar conflictos que surjan entre los accionistas, así como de éstos con terceros. Asimismo, los accionistas no requieren en la consitución de este régimen societario de la intervención de fedatarios públicos (notarios públicos, quienes dan fé pública de actos jurídicos en general ni de corredores públicos quienes otorgan fé pública a los actos jurídicos de comercio).
El Congreso de la Unión promovió esta reforma como resultado de los esfuerzos del estado mexicano para atraer la Inversión Extrajera Directa (IED), a fin de establecer una sociedad mercantil sin tomar en cuenta la violación de los derechos humanos de los futuros socios o inversores, nacionales o extranjeros, ya que la constitución de una sociedad mercantil se basa en el concepto de fé pública delegada a particulares, tal y como se establece en las leyes estatales y federales. El concepto de fé pública ya ha sido definido en tesis vigentes por los órganos del Poder Judicial de la Federación.
A pesar de que México ha celebrado más de una docena de tratados de libre comercio con diversos países de diferentes bloques económicos, los inversionistas nacionales y extranjeros están en riesgo al utilizar esta modalidad de régimen mercantil en razón de la incertidumbre que existe al constituir este tipo de sociedades mercantiles, ante la ausencia de fé pública en su constitución

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Cómo citar
Ramírez Martínez, Álvaro. (2017). La Creación de la Sociedad por Acciones Simplificada: Análisis constitucional de este nuevo régimen en materia de Sociedades Mercantiles. Derecho Global. Estudios Sobre Derecho Y Justicia, 2(6), 85–106. https://doi.org/10.32870/dgedj.v0i6.91
Sección
Artículos de investigación
Biografía del autor/a

Álvaro Ramírez Martínez

Doctor investigador en la Universidad de Guadalajara con un Doctorado realizado en Estados Unidos de Norteamérica: Temple University. Beasley School of Law. Mayo 2012. Grado: SJD Scientiae Juridicae Doctor. Orientación: Derecho Económico Internacional. Imparte materias de administración y derecho mercantil.

Citas

Castrillón Luna, Víctor M. (2010) Ley General de Sociedades Mercantiles Comentada, Quinta Edición, México, Porrúa.

Lan Arredondo A.J. (2011). Sistemas Jurídicos. México: Oxford Colección Textos Jurídicos Universitarios.

Sirvent Gutiérrez C. (2009). Sistemas Jurídicos Contemporáneos. 11ª. Ed. México: Editorial Porrúa. p.8.

Trueba Urbina Alberto, Jorge Trueba Barrera (2004) Ley Federal del Trabajo, Comentarios, Prontuario,
Jurisprudencia y Bibliografía, 85 Edición Actualizada, México, Editorial Porrúa.

Springer Link Entrepeneurship in Mexico http://link.springer.com/chapter/10.1057/9781137003324_7#page-2 (Fecha de consulta: 5 de julio de 2016).

Secretaría de Economía Fondo Pyme http://www.fondopyme.gob.mx/ (Fecha de consulta: 5 de julio de 2016).

Pro México Pymes Eslabón fundamental para el crecimiento en México. http://www.promexico.gob.mx/negocios-internacionales/pymeseslabon-fundamental-para-el-crecimiento-en-mexico.html (Fecha de consulta: 5 de julio de 2016).

El Economista México, ejemplo de simplificación administrativa: BM. http://eleconomista.com.mx/sistema-financiero/2010/03/03/mexico-ejemplo-simplificacion-administrativa-bm (Fecha de consulta: 6 de julio de 2016).

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. Facilidad y rapidez en la creación de empresas en México https://www.oecd.org/centrodemexico/medios/43843217.pdf (Fecha de consulta: 5 de julio de 2016).

Embajada de Japón Año del Intercambio México-Japón 2013-2014 400 aniversario de la misión Hasekura http://www.mx.emb-japan.go.jp/hasekura/sp/index.html (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

Melba Falck Reyes. Debate Social. El Acuerdo de Asociación Económica entre México y Japón, ¿ha sido beneficioso para México? https://blogs.iteso.mx/debatesocial/2015/07/13/el-acuerdo-de-asociacion-economica-entre-mexico-y-japon-ha-sido-beneficioso-para-mexico-melba-falck-reyes/ (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

Héctor Palacios México y la cuenca del Pacífico http://www.
mexicoylacuencadelpacifico.cucsh.udg.mx/sites/default/files/Jap%C3%B3n%20y%20M%C3%A9xico%20-%20El%20inicio%20de%20sus%20relaciones%20y%20la%20inmigraci%C3%B3n%20japonesa%20durante%20el%20Porfiriato.pdf (Fecha de consulta: 15 de julio de 2016).

Organización de Estados Americanos http://www.sice.oas.org/Trade/MEX_JPN_s/JPN_MEX_s.asp#Art%C3%ADculo_1 (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

International Monetary Fund https://www.imf.org/external/pubs/ft/weo/2016/01/pdf/statapp.pdf (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

El Economista. http://eleconomista.com.mx/industrias/2015/02/19/cumple-10-anos-asociacion-economica-mexico-japon (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

Librería Cide http://www.libreriacide.com/librospdf/DTAP-214.pdf (Fecha de consulta: 17 de julio de 2016).

Cámara de Diputados H. Congreso de la Unión http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/index.htm (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

Secretaría de Economía http://www.gob.mx/se/ (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

Servicio de Administración Tributaria http://www.sat.gob.mx/Paginas/Inicio.aspx (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

Semanario Judicial de la Federación http://sjf.scjn.gob.mx/SJFSem/Paginas/SemanarioIndex.aspx (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

José Joaquín Piña Mondragón. http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/258/art/art20.pdf (Fecha de consulta: 12
de julio de 2016).

Poder Judicial de la Federación https://www.pjf.gob.mx/ (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

Secretaría de Gobernación http://www.gob.mx/segob (Fecha de consulta: 12 de julio de 2016).

Sistema Integral de Gestión Registral http://www.siger.gob.mx/ (Fecha de consulta: 26 de julio de 2016).

Suprema Corte de Justicia de la Nación https://www.scjn.gob.mx/conocelacorte/documents/publicaciones/sistema-juridico-mexicano.pdf (Fecha de consulta: 18 de septiembre de 2016).

Sistema de Información sobre Comercio Exterior http://www.sice.oas.org/countries_s.asp (Fecha de consulta: 4 de diciembre de 2016).

Cámara de Diputados http://www.diputados.gob.mx/ (Fecha de consulta: 4 de diciembre de 2016).